Este lunes 5 de marzo fue publicado el decreto por el cual se expidió la Ley para la Atención Integral de las Personas con Síndrome de Down de la Ciudad de México, una instrumento jurídico que tiene la finalidad de apuntalar el desarrollo, bienestar e inclusión social de este sector la población, mediante la atención integral a su salud y concientización de la sociedad sobre sus necesidades.
UAIE – DIF | Unidad especializada en la atención de pacientes con síndrome de Down
Con esto en mente de acuerdo con un boletín emitido por la H. Asamblea Legislativa del Gobierno de la capital de la república, el dictamen fue aprobado con 39 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, que destaca entre otras cosas la creación de una Unidad Especializada para la atención de este tipo de pacientes.
Se optó por incluir la figura de Unidad de Atención Integral y Específica (UAIE) que impulsará un Programa de Atención Integral y un Área de Investigación, Estudios y Actualizaciones en materia de la condición del Síndrome de Down, como espacio de ayuda en la generación de estrategias basadas en el conocimiento científico. La citada Unidad dependerá del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) capitalino.
Capítulo III | De la Unidad para la Atención Integral y Específica de las Personas con SD en la CDMX
En este sentido, y la luz de la redacción de los artículos 24, 25 y 26 de la recién aprobada Ley, la nueva unidad especializada contará con las siguientes atribuciones:
I. Planear, coordinar y ejecutar las acciones institucionales que, en materia de apoyo y asistencia, genere el gobierno de la Ciudad de México, para fomentar el bienestar, inclusión social y desarrollo de las personas con Síndrome de Down;
II. Difundir la información respecto a los planes, programas o acciones que brinda la Unidad; prestando el servicio de atención, orientación, canalización y seguimiento de la problemática de las personas con Síndrome de Down que lo soliciten;
III. Asesorar, dar apoyo técnico y capacitar a los servidores públicos de la Unidad para el correcto, oportuno y humano tratamiento de personas con Síndrome de Down;
IV. Coadyuvar en la ejecución de los trabajos institucionales que tengan como finalidad la atención de personas con Síndrome de Down en la Ciudad de México;
V. Ser responsable coordinadora de las actividades de las dependencias y demás entes públicos y privados, que se realicen en apoyo a los trabajos institucionales en la materia;
VI. Contar con espacios físicos que cumplan con las condiciones de confiabilidad y seguridad para la atención integral de las personas con Síndrome de Down;
VII. Impulsar, promover y suscribir convenios de colaboración interinstitucional y suscribir acuerdos de coordinación; y,
VIII. Elaborar su Reglamento y procesos internos con autonomía de gestión y operación.
74 de 134 mil | La incidencia de casos con Sindrome de Down en la CDMX
Como documentó Saludiario en una publicación anterior, la Ciudad de México posee una tasa de 74 casos con Síndrome de Down por cada 134 mil nacimientos. Una cifra que se suma a la constante discriminación que prevalece en la capital de la república cuando se trata de incluir a este sector poblacional en el ramo productivo de la megalópolis.
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