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    Edad podría delatar a los falsos cirujanos

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    Debido a los altos índices de usurpación de profesión en México, cirujanos plásticos de Tabasco solicitaron ante el Congreso de dicha entidad que en la Ley de Salud del Estado se incluya una sanción explícita contra aquellas personas que usurpen una profesión.

    No obstante, Alberto Alejandro Medina Villarreal, especialista legal en derecho sanitario, declaró al sitio Tabasco Hoy, que homologar la Ley General de Salud con la ley local es inviable.

    Ante esta problemática, el abogado detalló que la realización de una cirugía por parte de alguien que no es un profesional de la salud y que mucho menos es un especialista en cirugía plástica, puede ocasionar la realización de varios delitos.

    Aseguró que la Ley de Salud de Tabasco está apegada a todos los requerimientos que demanda la Ley General de Salud por lo que no es necesario reformarla. Señaló que es deber de la Cofepris revisar que todos los establecimientos donde se ofrecen procedimientos de cirugía plástica cumplan con los requisitos. Sin embargo, muchos cirujanos plásticos han pedido que se homologue la ley.

    Es un asunto muy regulado en nuestro país, pero los profesionales no están capacitados, la estructura académica de nuestro país no ha tenido esa visión de capacitar en materia de derecho sanitario. El Código Penal de Tabasco tiene un apartado para profesionales médicos y hay que actualizarse en el tema jurídico.

    Edad delataría a falsos cirujanos

    Medina Villarreal indicó que existen varias maneras de descubrir a un pseudomédico. Una de ellas, detalló, es ver si el médico tiene cédula profesional.

    Primero de médico y después de médico especialista. Para que alguien sea especialista tienen que pasar casi once años. De primera mano, si alguien ve a un cirujano plástico que tiene menos de 27  o 28, es muy seguro que no cuenta con especialidad.

    El experto abundó que si el supuesto médico no cuenta con cédula profesional entonces se le acusaría de usurpación de profesión.

    ambién están los delitos contra la prestación adecuada del servicio profesional, para el que se le aplicaría prisión de dos a ocho años, más otros delitos que puedan derivar de una práctica indebida.

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