El fin de semana, se filtró una fotografía de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) abandonando las instalaciones del Instituto Nacional de Cardiología. Aunque el presidente electo aseguró a medios que se trató de una revisión de rutina y apuntó que su salud cardiovascular está en perfectas condiciones, el político tabasqueño ya sufrió un infarto en 2013.
Más allá de su actual estado de salud, el infarto de AMLO de 2013 marca un importante precedente sobre la salud del tabasqueño. Además, a sus 64 años de edad, es indudable que tiene más riesgo, en cuestión de enfermedades cardiovasculares, que cualquier otra persona sana más joven. Si el presidente electo sufriera de un ataque mortal al corazón, ¿qué pasaría?
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece, en su artículo 84, la figura del presidente interino o substituto. Estos puestos son designados dependiendo de en qué momento del sexenio el Ejecutivo en turno no pueda ejercer su puesto. Así pues, la situación política inmediata del país sería distinta dependiendo de en qué momento sufriera AMLO el infarto mortal.
Si AMLO fallece de un infarto previo a su toma de protesta el primero de diciembre, asumiría la titularidad temporal el Presidente de la Cámara de Senadores (ahora Martí Batres Guadarrama, del Movimiento Regeneración Nacional/Morena) en lo que el Congreso de la Unión designa a un nuevo Ejecutivo Federal. Si ocurriera en el transcurso de su sexenio, ocuparía esta plaza su Secretaria de Gobernación, la ahora ex-ministra Olga Sánchez Cordero.
En cualquiera de los dos casos, la Constitución dicta que el Congreso de la Unión se reúna (ya sea en sesiones ordinarias o extraordinarias) y conforme un Colegio Electoral. Esta figura, tras realizar una convocatoria y en un proceso de entre siete y nueve meses, designaría al nuevo presidente interino (si AMLO falleciera en los primeros dos años de su sexenio) o substituto (si ocurriera en los últimos cuatro años del periodo).
Dicho Ejecutivo Federal sería elegido después de una votación secreta en ambas cámaras, donde se debe de llegar a una decisión por mayoría absoluta. Cabe destacar que este presidente substituto o interino, al contrario de AMLO o cualquier otro candidato, puede ser más joven de 35 años, no tiene que haber residido en México durante un año previo a su nombramiento y puede ser secretario, subsecretario, fiscal general o gobernador estatal en activo.