El pasado 23 de enero, la Organización Mundial del Comercio (OMC) modificó las disposiciones establecidas en materia de propiedad intelectual con el fin de facilitar el acceso de los países pobres a diferentes tipos de medicamentos.
El acuerdo entró en vigor con la intención de ser un instrumento jurídico efectivamente válido para garantizar a los países en vías de desarrollo el acceso a medicamentos dentro del ordenamiento jurídico de la OMC. En palabras del director general de la OMC, Roberto Azevêdo:
Se trata de una modificación de suma importancia. Esta enmienda proporciona seguridad jurídica para exportar medicamentos genéricos a precios razonables a fin de satisfacer las necesidades de los países que no tienen capacidad de producir productos farmacéuticos, o que tienen una capacidad limitada. De ese modo, los más vulnerables podrán acceder a los medicamentos que necesitan, y tratar enfermedades como el VIH/SIDA, la tuberculosis o la malaria, entre otras epidemias. Me satisface enormemente que los Miembros de la OMC hayan honrado su compromiso y hayan hecho entrar en vigor esta importante medida.
De tal manera, este ajuste normativo es un medio de garantía que posibilita a los países pobres, incapaces de producir medicamentos que contrarresten diferentes problemas de salud pública, de un instrumento jurídico efectivo y duradero que permita atender a su población a un precio, considerablemente, bajo.
Las solicitudes de Burkina Faso, Nigeria, Liechtenstein, Emiratos Árabes Unidos y Viet Nam fueron determinantes en la definición de esta medida, pues, gracias a ellos se alcanzó el consenso de las dos terceras partes de los miembros de la Organización, para hacer formal la modificación.
Desde su creación en el año de 1995, esta es la primera vez que la OMC modifica alguno de sus estatutos.
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