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    Negligencia médica del IMSS causa histerectomía innecesaria a paciente

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    • Lo que inició como un dolor abdominal terminó con la amputación de ambas piernas, la extirpación del útero y un ovario en una paciente por una negligencia médica.
    • El origen del problema fue que se eligió un procedimiento erróneo para retirar el DIU.
    • Después de un largo proceso legal se llegó a la conclusión de que el IMSS es responsable.

    La atención a pacientes es complicada y por eso requiere tantos años de preparación. Es necesario adquirir una gran cantidad de conocimientos y estar preparado para cualquier imprevisto que pueda surgir. Al mismo tiempo, uno de los mayores riesgos de la profesión es sufrir una negligencia médica por todas las consecuencias que implica.

    Al respecto, lo primero que se debe tener claro es que la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed) es la instancia que administra todo el proceso legal relacionado con cualquier conflicto entre pacientes y doctores. Es la autoridad que lleva todo el proceso de las demandas legales y se encarga de analizar cada caso.

    Es muy importante revisar a detalle cada caso porque no siempre es responsabilidad de los trabajadores de la salud. En ocasiones todo se genera por culpa de los pacientes o por las propias instituciones que no ofrecen las condiciones mínimas para el cumplimiento del servicio.

    ¿Cuándo procede una demanda por negligencia médica?

    Con base en la legislación actual hay cuatro casos por los que procede una demanda por negligencia médica y son los siguientes.

    La existencia de un deber legal

    Es decir, cada vez que un proveedor de asistencia médica asume el cuidado o tratamiento de un paciente.

    El deber fue incumplido

    Ocurre cuando el profesional de la salud fracasa al emprender el estándar de asistencia médica. Esta parte puede ser probado por un testimonio experto o por errores obvios.

    Si el incumplimiento médico causó una lesión

    De acuerdo al código penal, una lesión es un delito en contra de la vida y la salud que se comete por el que cause a otro un daño que deje en su cuerpo un vestigio, altere su salud física o mental o le cause la muerte.

    Daños

    Si durante la averiguación no se encontraran daños de ninguna índole, ya sea física, económica o legal, no existe base para un reclamo, a pesar de que el médico incurriera en una negligencia.

    Todo lo anterior conduce a un caso ocurrido en nuestro país y el cual ha tenido fatales consecuencias. A través del documento DGDDH/192/2022 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) se ofrece un resumen de lo ocurrido.

    Descripción del caso médico

    El inicio del caso se remonta al 11 de septiembre de 2018 cuando una derechohabiente del IMSS acudió a la UMF No. 9 de Querétaro. En ese momento tenía un fuerte dolor abdominal que no había desaparecido durante semanas.

    Después de una revisión fue diagnosticada con una infección en la vías urinarias y colitis. Aunque se le indicó un tratamiento en realidad nunca recibió estudios de rayos X o de laboratorio como hubiera sido lo indicado.

    Debido a que los dolores persistieron e incluso se incrementaron, la joven tuvo que regresar. Después de muchas insistencias fue enviada al área de Gineco-Obstetricia del Hospital Regional No. 1 de Querétaro y ahí le dijeron que era necesario retirar el DIU porque estaba movido.

    Las inconsistencias continuaron porque la operación fue realizada con pinzas y no por legrado. A pesar de la intervención el dolor no desapareció y después de una nueva revisión la joven fue diagnosticada con lumbalgia aguda.

    La gravedad cada vez era mayor y debido a que la vida de la paciente estaba en riesgo el equipo médico del IMSS optó por extirparle el útero y un ovario. De forma adicional también le amputaron ambas piernas.

    Resolución final: Fue una negligencia médica del IMSS

    Después de un largo proceso legal el caso fue calificado como una negligencia médica. Con base en el caso, la víctima requería la extracción del DIU porque se encontraba traslocado. El problema es que se realizó un procedimiento erróneo que desencadenó una infección generalizada y, en consecuencia, la amputación de ambas piernas, la extirpación del útero y un ovario.

    Por su parte, la CNDH publicó una resolución en la que exige al IMSS que otorgue a la joven de manera vitalicia toda la atención médica que necesite como consecuencia de los daños permanentes.

    El documento también recalca que se debe brindar atención psicológica o psiquiátrica gratuita e inmediata, individual y familiar para la sanación emocional y psíquica de la joven.

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