El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) garantizó el cumplimiento a la Recomendación 66/2016 emitida el 26 de diciembre de 2016 por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) sobre la atención médica proporcionada a una paciente en el año 2013 por parte de personal adscrito al Hospital General de Zona (HGZ) No. 11 en Nuevo Laredo, Tamaulipas.
La CNDH dirigió la recomendación al director general del IMSS, Mikela Arriola Peñalosa, al determinar que los derechos humanos a la salud y a la vida de la paciente derivaron en su muerte “como consecuencia de negligencia e inadecuada atención médica”.
En respuesta, Arriola Peñalosa aseguró que, tras conocer lo sucedido, el instituto tomó medidas para “evitar hechos similares”, asimismo, destacó que las oficinas centrales del IMSS y la delegación Estatal en Tamaulipas fueron instruidas para cumplir todos los puntos contenidos en la Recomendación.
Los hechos a que se refiere el documento de la CNDH ocurrieron en septiembre de 2013, cuando una embarazada ingresó al área de Urgencias del Hospital General de Zona (HGZ) No. 11 en Nuevo Laredo con una alergia de causa desconocida, la cual fue informada por la mujer de 39 años de edad al médico tratante, asimismo, señaló que ocasiones previas le habían suministrado oxigeno, sin embargo, el galeno opinó que se trataba de una infección que no ameritaba atención de urgencia.
El esposo relató que, media hora después, la paciente presentó problemas para respirar y perdió el conocimiento, por lo que fue entubada y se le colocó un ventilador artificial, no obstante, su salud se complicó con una neumonía y daño cerebral, motivo por el que fue remitida a terapia intensiva y 10 días después otro médico informó que presentó complicaciones por falta e oxigenación y falleció por un problema cardiaco.
Tras investigar el caso, la CNDH acreditó que la atención médica brindada a la paciente fue “inadecuada” y “negligente” desde su ingreso al nosocomio, ya que el médico omitió realizar una exploración minuciosa de tórax, emitió un diagnóstico inadecuado y proporcionó tratamiento incompleto, lo que ocasionó el deterioro de la salud de esta mujer.
En función de ello, Derechos Humano recomendó a Arriola Peñalosa a que en términos de la Ley General de Víctimas se reparen los daños ocasionados a la fallecida y a su familia; se otorgue a los deudos atención psicológica y se colabore en las investigaciones derivadas de la denuncia que presente este organismo ante la Procuraduría General de la República (PGR) y en la que presente ante el Órgano Interno de Control del instituto.
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