- La homeopatía fue creada en 1976 por el Dr. Samuel Hahnemann.
- Esta práctica sostiene que la curación para las enfermedades se encuentra en elementos naturales como plantas, alcohol o agua destilada.
- El Reglamento de Insumos para la Salud establece que solo hay seis profesiones que están avaladas para emitir recetas médicas, ¿dentro de ellas se encuentran los homeópatas?
Ser un profesional de la salud no es sencillo porque se requieren varios años de estudio y formación. Con esto en mente, todos los conocimientos adquiridos en la universidad tienen el objetivo de lograr la curación de los pacientes que acuden al consultorio. Para obtener buenos resultados existen las recetas médicas que solo algunas personas tienen la capacidad legal para emitir, ¿pero dentro de este selecto grupo se encuentran los homeópatas?
Antes que nada es necesario empezar con los términos generales. La homeopatía fue creada en 1796 por el Dr. Samuel Hahnemann. Dentro de sus bases sostiene que la curación para las enfermedades se encuentra en elementos naturales como plantas, alcohol o agua destilada.
A pesar de lo anterior, en la actualidad es un tema que divide opiniones entre los profesionales de la salud. Aunque algunos afirman que es una alternativa real, otros señalan que es una pseudociencia. De igual forma se acusa que las preparaciones homeopáticas no son más efectivas que los placebos.
Y a todo esto, ¿los homeópatas pueden emitir recetas médicas?
Más allá de la postura de cada profesional de la salud es necesario revisar la legislación actual para ofrecer una respuesta. Con esto en mente, el sustento se encuentra en el Reglamento de Insumos para la Salud (Arts. 28-31). El documento oficial menciona que solo hay seis profesiones que tienen esta facultad y son las siguientes:
- Médicos.
- Cirujanos dentistas.
- Veterinarios.
- Pasantes en servicio social.
- Enfermeras tituladas.
- Homeópatas.
De esta forma se aprecia que la ley autoriza que los homeópatas puedan emitir recetas médicas. Con respecto a si es correcto o no es distinto porque cada persona tiene su propia opinión.
¿Cómo se deben prescribir los medicamentos?
Más allá de si se trata de un homeópata o no, la legislación actual establece que para poder prescribir medicamentos de una forma correcta se debe cumplir con lo siguiente:
I. Cuando se trate de los incluidos en el Catálogo de Medicamentos Genéricos Intercambiables a que hace referencia el artículo 75 de este ordenamiento, deberá anotar la Denominación Genérica y, si lo desea, podrá indicar la Denominación Distintiva de su preferencia.
II. En el caso de los que no estén incluidos en el Catálogo referido en la fracción anterior, podrá indistintamente expresar la Denominación Distintiva o conjuntamente las Denominaciones Genérica y Distintiva.
Cuando en la receta se exprese la Denominación Distintiva del medicamento, su venta o suministro deberá ajustarse precisamente a esta denominación y sólo podrá sustituirse cuando lo autorice expresamente quien lo prescribe.
La prescripción en las instituciones públicas se ajustará a lo que en cada una de ellas se señale, debiéndose utilizar en todos los casos únicamente las denominaciones genéricas de los medicamentos incluidos en el Cuadro Básico de Insumos para el primer nivel o en el Catálogo de Insumos para el segundo y tercer nivel. Por excepción, y con la autorización que corresponda, podrán prescribirse otros medicamentos.
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