La Secretaría de Salud (Ssa) informó que las personas que hayan completado su esquema de vacunación contra el COVID-19. Y una vez transcurridas dos semanas después de su última aplicación, ya no serán consideradas dentro de la población en situación de vulnerabilidad para contraer dicha enfermedad grave de atención prioritaria.
Diario Oficial de la Federación (DOF)
Esta información fue dada a conocer en el Diario Oficial de la Federación (DOF), a través del “ACUERDO”. Por el que se da a conocer el medio de difusión de la nueva metodología del semáforo por regiones para evaluar el riesgo epidemiológico que representa la enfermedad grave de atención prioritaria COVID-19.
“Las personas a quienes se haya administrado un esquema de vacunación contra el virus SARS-CoV-2. Y habiendo transcurrido dos semanas posteriores a la aplicación de la última dosis. No serán consideradas dentro de la población en situación de vulnerabilidad para contraer dicha enfermedad grave de atención prioritaria”.
Determina Ssa que vacunados pueden regresar a trabajar a pesar de tercera ola por COVID-19
La SSa, la Secretaría del Trabajo y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Establecieron en julio del año pasado los criterios para la población en situación de vulnerabilidad. Definiendo quiénes tenían esa condición y cuándo podían regresar a sus centros de trabajo dependiendo del semáforo imperante en su localidad.
Las personas que estaban consideradas en situación de vulnerabilidad eran adultos mayores. Además de aquellas personas que padecieran enfermedades como diabetes, hipertensión, asma, renal crónica, cardiovascular y cerebrovascular. Así como VIH, cáncer, obesidad, embarazadas y en lactancia.
En el nuevo esquema, estas personas ya no son consideradas vulnerables ante COVID-19
Bajo ese esquema, diseñado cuando aún no se aprobaban ni aplicaban las vacunas. Las personas en vulnerabilidad solo podían regresar a sus centros de trabajo cuando el semáforo estuviera en verde.
Sin embargo, la situación a cambiado.
¿Qué dice el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación?
La información publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) indica lo siguiente:
ARTÍCULO PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer el medio de difusión de la nueva metodología del semáforo por regiones para evaluar el riesgo epidemiológico que representa la enfermedad grave de atención prioritaria COVID-19.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Las personas a quienes se haya administrado un esquema de vacunación contra el virus SARS-CoV-2 y habiendo transcurrido dos semanas posteriores a la aplicación de la última dosis. No serán consideradas dentro de la población en situación de vulnerabilidad para contraer dicha enfermedad grave de atención prioritaria.
ARTÍCULO TERCERO.- La Secretaría de Salud dará a conocer la nueva metodología a que se refiere el artículo PRIMERO del presente Acuerdo, en el sitio web coronavirus.gob.mx/semaforo.
¿Cuándo entrará en vigor?
La publicación indica que “el presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”. Es decir, este 27 de julio de 2021.
La dependencia detalla que se abroga el Anexo “Semáforo por Regiones” del Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas.
“Así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa. Además de cómo se establecen acciones extraordinarias, publicado el 14 de mayo de 2020 en el Diario Oficial de la Federación”.
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