Los ministros de la Suprema Corte de lo Constitucional (CCC) de Colombia, una de las máximas autoridades en el citado país, determinó en las disposiciones contenidas en un fallo, considerado por muchos galenos y especialistas como “histórico”, que los familiares, tutores del paciente pediátrico y adolescente de entre nueve y 17 años de edad, podrán negarse a la aplicación de la vacuna contra el Virus del Papiloma Humano (VPH), uno de los detonantes principales en el desarrollo del cáncer cérvico-uterino.
La determinación del organismo jurisdiccional recae en la indicación al Ministerio de Salud de Colombia (MSC) para que capacite a su personal de salud en el ánimo de informar a las familias que tienen el derecho a negarse a vacunar del Virus del Papiloma Humano a sus hijas.
La respuesta de la CCC se originó luego de la revisión sistemática de un caso donde la madre de una joven de 15 años de edad, residente de de la ciudad de Cali, desarrolló una enfermedad a partir de la aplicación de la vacuna obligatoria en las escuelas de Colombia.
El Tribunal Constitucional le ha solicitado a las autoridades sanitarias que, en caso de que no se pueda garantizar la seguridad en la vacunación, procedan a suspender la misma teniendo en cuenta los efectos colaterales, según el principio médico ‘primero que todo no hacer daño’.
En este sentido, el fallo de la CCC no contradice la campaña de salud que desde 2012 lleva a cabo el Ministerio de Salud para vacunar de manera gratuita a todas las niñas colombianas. Sin embargo, ha levantado los ánimos entre los grupos ultra conservadores y “antivacunas” en el sur del continente.
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