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Cofepris obstaculiza amparos para uso lúdico de la marihuana

Cofepris solicita trámites administrativos poco usuales e impide que personas interesadas en el uso lúdico de la marihuana gestionen amparos para consumirla.
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La Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) ha impedido que personas interesadas en el uso lúdico de la marihuana gestionen más amparos para consumirla con este fin.

En noviembre de 2015 la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la prohibición absoluta de esta droga y otorgó amparo a cuatro personas (Josefina Ricaño, José Francisco Torres Landa, Armando Santacruz y José Pablo Girault) para consumirla de manera lúdica y recreativa, siempre y cuando la cantidad que portaran individualmente no rebasara los cinco gramos.

El 13 de noviembre del mismo año el abogado Ulrich Richter Morales solicitó a Cofepris una autorización para usar marihuana con fines lúdicos, la cual le fue negada el 24 de noviembre. Esto permitió que el litigante promoviera un amparo a principios de diciembre, el día 2, el cual también le fue negado en mayo de este 2016 por Gabriel Regis López, Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa, no obstante, el 6 de julio pasado un tribunal federal envió a la Suprema Corte el amparo promovido por Richter para impugnar los artículos 235, 237, 245, 247 y 248 de la Ley General de Salud que prohíben el uso de la marihuana.

Sin embargo, no se han registrado más amparos pese a que muchas personas han hecho solicitudes a Cofepris para usar la droga (al 15 de abril la comisión daba cuenta de 260 casos), pues la comisión no les ha dado respuesta, “y sólo hasta entonces podremos promover amparos para generar jurisprudencia”, explicó Andrés Aguinaco Gómez Mont, uno de los litigantes del caso resuelto a finales de 2015 en favor de los cuatro solicitantes.

A decir de Aguinaco, el conflicto radica en que la comisión ha hecho peticiones poco usuales en un trámite administrativo, pues exigió a las personas “acreditar su interés jurídico o su interés legítimo” para consumir marihuana, lo que impide gestionar nuevos amparos, ya que  la respuesta de Cofepris es indispensable para impugnar la Ley.

Imagen: Bigstock

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