El médico que está por abrir su propio establecimiento de medicina estética tiene que conocer los lineamientos que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) solicita al momento de hacer una revisión para este tipo de inmuebles:
Documentación oficial
Ésta es fundamental para mantener las puertas del establecimiento de salud abiertas; así que considera que es indispensable tramitar aviso de funcionamiento, aviso de responsable sanitario con título profesional, documentación completa de los colaboradores médicos y, en caso de ofrecer servicios quirúrgicos o fármacos, licencia sanitaria, así como facturas o documentos que amparen la posesión legal de los insumos para la salud que incluyan cantidad y presentación.
Cabe señalar que el cirujano plástico debe estar certificado ante la Asociación Mexicana de Cirugía Plástica.
Al igual que otros consultorios…
Debe haber una sala de espera con un mínimo de seis lugares, una recepción, acceso para personas con capacidades diferentes y adultos mayores.
Es necesario contar con áreas de interrogatorio y de exploración física delimitadas por un elemento físico pero, además, en esta última hay que incluir un lavabo funcional con jabón y toallas desechables sin olvidarse de contar con sanitarios para los pacientes.
De igual forma, hay que poner la vista del público el título del médico que brinda sus servicios en el establecimiento y en qué horario.
Expedientes
Todo paciente debe tener un expediente clínico y es obligación del galeno abrirlo desde la primera visita y conservarlo hasta por cinco años a partir de la última consulta, por ello, debe haber un espacio físico para disponer de los archivos en cualquier momento, o bien, tenerlos en formato electrónico para acceder fácilmente a ellos y consultarlos cuando Cofepris lo demande.
Documentación interna
Es obligación del establecimiento de salud tener una hoja diaria para el registro de pacientes y contar con un recetario médico impreso que cumpla con los lineamientos vigentes, los cuales puedes consultar más detalladamente dando clic aquí.
Seguridad e higiene
Hay que recordar que los cestos de basura son indispensables según la normatividad mexicana que, además, señala que tiene que haber bote para desechos comunes y otro para residuos biológicos-infecciosos, el cual tiene que llenarse a menos del 80 por ciento de su capacidad, así como contenedor rígido para punzocortantes.
Cabe recordar que el aseo y mantenimiento de las instalaciones así como del equipo e instrumental son requisito indispensable para cumplir con los lineamientos de Cofepris, por lo que también hay que cuidar la limpieza y tener certificado de fumigación vigente.
Por otra parte, la normatividad oficial mexicana establece la disponibilidad de un botiquín de urgencias (cuyas características puedes consultar aquí), extintor y ruta de evacuación con señales alfabéticas y analógicas.
El objetivo de Cofepris es evitar que los establecimientos de medicina estética representen los siguientes riesgos:
- Oferta de tratamientos no regulados.
- Aplicación de tales tratamientos por personal no calificado (sin cédula)
- Infraestructura insalubre.
- Uso de insumos e instrumental no registrados.
- Elaboración, aplicación y prescripción de “productos milagro” y/o caducos.
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