¿Cuantas veces no nos ha pasado por la mente la idea de vernos involucrados en algún litigio dentro de nuestro ramo profesional como médicos?, ¿cuántas veces no hemos sentido el temor de vernos involucrados en alguna situación desafiante médico-legal?, pues bien en esta ocasión quiero hablar sobre los aspectos básicos que rigen los seguros de responsabilidad civil-profesional médica. La intención es que tengas en mente (a la hora de contratar alguno de ellos) la finalidad del servicio que ofrecen, así como aquello que debes esperar y recibir, como mínimo, por la contratación de este tipo de servicios.
Comencemos describiendo brevemente qué es una descripción de coberturas.
En materia de seguros se dice que, quedan amparados los daños, así como los perjuicios y daño moral directo que llegarán a resultar como consecuencia de nuestra praxis, y de la cual debamos responder. Lo anterior se encuentra estipulado en la legislación aplicable en materia de Responsabilidad Civil vigente en los Estados Unidos Mexicanos, por hecho u omisiones no dolosos ocurridos por; negligencia, impericia o imprudencia en el ejercicio de la profesión médica, y/o que causen la muerte o el menoscabo de la salud de dichos terceros, o el deterioro o la destrucción de bienes, propiedad de los mismos.
Se brindará la asesoría de un abogado al asegurado cuando éste se vea involucrado en un proceso de Responsabilidad Civil-Profesional Médica, a consecuencia de una demanda interpuesta en su contra, hasta que se fije el monto de la fianza o hasta la declaración preparatoria en caso de que no se fije la fianza ante el Ministerio Público.
Los proveedores que existen hoy en el mercado responden esencialmente a qué, al momento de que se presente una situación como la descrita anteriormente, la compañía aseguradora proporcionará la fianza que la autoridad haya fijado para que el asegurado logre su libertad, hasta por el máximo del monto contratado. De igual manera, los gastos del abogado defensor deberán estar cubiertos, en algunos casos, con un tope de hasta un 50 por ciento de la Suma Asegurada (SA) contratada en coberturas básicas.
Entre los lineamientos que solicitan generalmente las aseguradoras se encuentra contar con título y cédula profesional para el ejercicio de la profesión médica –al momento de contratar una póliza se debe de contar con la clasificación que la propia aseguradora otorgue a la especialidad que ejercemos y el medio en donde laboramos, pues de ahí parten las cantidades mínimas contratables y la cobertura incluida en la misma, así como la relación de pago por las primas bajo el concepto de pago de servicios–.
Asimismo debemos de recordar que la compañía de seguros contratada tiene dentro de sus responsabilidades el pago de gastos en que el asegurado incurra, con motivo de la tramitación y liquidación de las reclamaciones, sin olvidar que dicha compañía también está obligada a cubrir todos los eventos que se llegaran a presentar en un año, mismos que deberán de ser considerados como un solo siniestro.
Además es importante recordar que si ya tienes pensado contratar una póliza de responsabilidad civil-profesional médica, solicites también la cobertura o expresión de extensión de la asistencia de primeros auxilios y leas detenidamente las cláusulas de exclusión y te asesores con tu vendedor del seguro los alcances de la misma y sus limitaciones.