Autoridades del gobierno de Chihuahua, a través de sus representantes en la Secretaría Estatal de Salud (SESA-C), con el soporte de la Secretaría Estatal de Educación y Deporte (SED-C), dieron a conocer una alerta sanitaria por la emergencia de casos relacionados con cirugías estéticas llevadas a cabo por un grupo de personal que, sin mediar certificados ni educación universitaria en el sector salud, se hacen pasar por médicos cirujanos.
“Médicos” que viven en la clandestinidad
En coordinación con el Colegio de Cirujanos Plásticos y el Colegio de Dermatólogos de Chihuahua (CCP y CDC, respectivamente), el gobierno del estado busca alertar a la población sobre los problemas que implica un tratamiento y/o cirugía estética llevado a cabo por “médicos” que operan de manera clandestina, irregular o fuera de la ley que se ofrecen en diferentes regiones de la entidad federativa.
Al respecto, la jefa del Departamento Estatal de Profesiones, Fátima Guzmán Gallardo, detalló que las labores de aviso y advertencia surgen de los hechos recientes. Entre ellos, el lamentable deceso de una comunicadora producto de una mala praxis médica de una persona que se acreditaba como cirujano sin mediar cédula o constancia oficial al respecto.
Es de suma importancia crear un frente común con la propia ciudadanía. Por esa razón, pedimos a los habitantes revisar la documentación oficial de los médicos, antes de someterse a una intervención […] La dependencia estatal informó que esta advertencia surge tras el caso de una comunicadora, quien falleció durante una cirugía efectuada por un médico que carecía de cédula de especialista en cirugía plástica y de registro ante el colegio de la especialidad.
Sanciones en México
En nuestro país, el artículo 5º constitucional señala que “a ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos“.
Sin embargo, cuando se trata de personas que presumen un título profesional sin acreditar la formación necesaria para ello, se estableció un ordenamiento jurídico para la sanción y el tratamiento de este tipo de casos: la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México, que a la luz de la redacción de su artículo 29 (de su Capítulo V) señala lo siguiente:
Artículo 29.– Las personas que sin tener título profesional legalmente expedido actúen habitualmente como profesionistas, incurrirán en las sanciones que establece esta Ley.
En este sentido, para el establecimiento de la sanción correspondiente, será Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación (SEP), la estancia encargada de la evaluación de la situación, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 94 (Capítulo IX) del Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal. Sanciones que pueden ir desde una multa hasta la estancia en la cárcel.
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