A lo largo de dos presentaciones, el equipo editorial de Saludiario te ha presentado los pormenores que establece la Ley para llevar un adecuado manejo de los datos personales de tus pacientes. Esto, por medio de un aviso de privacidad que, en tres momentos, debe de dar a conocer a la ciudadanía el estado que guardará el profesional de la salud frente a la posición de la información del paciente.
Aviso, privacidad y datos personales
Los médicos, de acuerdo on la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), deben de redactar un aviso de privacidad; un documento físico, electrónico o en cualquier otro formato (por ejemplo sonoro), a través del cual el profesional de la salud informa al paciente sobre la existencia y características principales del tratamiento al que serán sometidos sus datos personales.
Todo responsable que trate datos personales, sin importar la actividad que realice o si se trata de una persona física o moral, requiere elaborar y poner a disposición su aviso de privacidad. Por ejemplo, un médico, abogado o contador independiente está obligado a tener aviso de privacidad. También una micro, pequeña, mediana o gran empresa.
Pero, ¿cuáles son las sanciones?
En caso de que el médico omita la redacción de un aviso de privacidad que garantices y de certeza sobre un adecuado tratamiento de la información clínica y datos personales del paciente, una instancia del el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) establecerá una multa, tomando en cuenta los siguientes puntos:
- Gravedad:
El INAI analizará la gravedad de la infracción por la cual el médico violentó la normativa vigente en materia de protección de datos personales de sus pacientes.
- Capacidad Económica:
El instituto de transparencia hará una valoración sobre la capacidad económica de los médicos a fin de establecer una multa adecuada para el médico.,
- Incidencia
El INAI analizará la reincidencia o cualquier otro elemento del que pueda inferirse la gravedad o levedad del hecho infractor, por lo que la variación de un período a otro de las multas impuestas, no es comparable.
81.7 millones de pesos en sanciones
Con base en esta metodología, en 2017 el INAI impuso multas por cerca de 81.7 millones de pesos a particulares por el mal uso de los datos personales de los ciudadanos (24 horas, 2018). El 80 por ciento de esas multas correspondieron a sectores financieros y de seguros; medios masivos de comunicación y pequeñas y medianas empresas (PyMes).
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