Autoridades del Servicio de Administración Tributaria (SAT) dieron a conocer que, como parte de la estrategia que busca el establecimiento de nuevas medidas de pago por concepto de servicios médicos a nivel nacional, permitirá a los médicos deducir el 30 por ciento de sus honorarios. Lo anterior, siempre y cuando los pagos sean efectuados con tarjetas bancarias.
¿Médicos Vs. médicos por culpa del SAT?
La atractiva retribución por gastos de salud provocará que los pacientes busquen más consultorios donde exista la posibilidad de efectuar el pago por medio de tarjetas bancarias. Proceso que, sin lugar a dudas, tendrá un efecto negativo en los consultorios que no incluyan terminales bancarias en sus instalaciones.
En esa tesitura, el responsable de la Unidad de Recaudación del SAT, Adrián Guarneros Tapia, detalló que la dependencia federal se concentrará en la revisión de los consultorios médicos, así como de psicólogos y nutriólogos, que no cumplan con este requisito de inclusión de terminales bancarias.
Todo contribuyente tiene derecho a obtener una factura por una transacción médica y de esa manera reflejarlo en su declaración anual y obtener en promedio el 30 por ciento en devolución de impuestos. La forma en que el SAT detectará a los profesionales de la salud que no cuenten con terminal será por medio de la declaración correspondiente al ejercicio 2017 de las personas físicas, pues aquellos que presenten facturas por gastos médicos dejarán ver que médicos no aceptan esta clase de pago.
¿Una obligación para los médicos?
Entre los principales argumentos en contra de la instalación de terminales bancarias en el consultorio, los médicos destacan la generación de costos adicionales por comisión. Una situación que eleva el costo de la consulta que en muchas ocasiones es un asunto difícil cuando se trata de especialidades médicas.
No es obligatorio. Tal y como lo indica la resolución de tres amparos atendidos por lso magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) los profesionales de la salud deben contar, en efecto, con terminales bancarias, aceptar pagos a través de trasferencias o cheques, para que los pacientes puedan deducir este impuesto definido por las autoridades del SAT.
Sin embargo, no es una obligación, ya que sólo aplica para aquellas personas que promovieron el amparo de la jurisdicción federal para cada caso en concreto. No obstante, es evidente que si se le indica al paciente una posible retribución por el pago de servicios, la población se irá más a los consultorios donde hayan terminales de este tipo.
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