Las atenciones médicas son, por lo general, procesos complejos que se dan dentro del respeto y el pleno conocimiento de los derechos humanos (DD. HH.). Dentro de este marco, la atención debe producirse bajo el consentimiento informado, como una garantía para que cada individuo pueda ejercer su derecho a decidir, libre e informado, sobre todo lo concerniente con su salud.
El consentimiento informado, tal como se conoce actualmente, se incorporó a mediados del siglo XX. La atención médica es producto de un proceso racional y está sujeta a una valoración moral por parte de quienes están involucrados en el proceso. Los médicos deben al mismo tiempo realizar acciones y racionalizar si esas acciones son moralmente correctas. El juicio moral puede contener elementos que tienen relación directa con la doctrina de DD.HH., pero es también el resultado de la cultura médica, adicionalmente, los médicos no pueden evitar la influencia del medio social en el que se desenvuelven. En el ejercicio pleno del derecho a la salud, las acciones médicas deben respetar la autonomía, la determinación y la dignidad del paciente[1].
La fundamentación ética de los derechos humanos, está justificada por la dignidad personal de cada individuo, que merece una consideración especial expresada en derechos a la que, a su vez, le corresponden obligaciones, pues, sin el compromiso del paciente el tratamiento no cumplirá su objetivo.
El paciente es un interlocutor muy bien informado y con el derecho de participar activamente en su tratamiento, por lo que las instituciones prestadoras del servicio de salud deben establecer sistemas de servicios de salud accesibles y de alta calidad que brinden respeto y buena atención, además de la debida información clara, completa y concreta sobre su estado y las posibles consecuencias que el tratamiento tendrá.
En los últimos años, hablar sobre los derechos de los pacientes, se volvió algo común en clínicas y hospitales. El derecho a vivir y a morir dignamente, abre el debate sobre la medicina en los límites de la vida, centrándose en evitar exceder la obstinación terapéutica y, al mismo tiempo, evitando la negligencia y los abusos del personal de salud, involucrados en el tratamiento[2].
Los diferentes instrumentos ofrecidos por el derecho internacional permiten vigilar y sancionar apoyados en normas jurídicas concretas y adaptadas a las diferentes situaciones de vulneración que puedan enfrentar los pacientes.
Reconocer los derechos de los pacientes, es asegurar el goce de un derecho fundamental que vela por la protección, el derecho a la vida, a la integridad física y a la libertad de conciencia y al mismo tiempo otorgando a la medicina un amplio campo de acción.
[1] https://www.who.int/bulletin/volumes/82/10/bhutta1004abstract/es/
[2] https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Morir-dignamente-forma-parte-del-derecho-a-la-vida.aspx
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