La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) continuar con el tratamiento médico que requieren pacientes menores con hemofilia, y efectuar una evaluación integral del estado de salud de cada uno para suministrar los medicamentos necesarios.
El instituto canceló en 2009 el Programa de Atención Oportuna para la Terapia de Hemofilia, pero la segunda sala del máximo tribunal determinó que fue violado el derecho a la salud y que la medida adoptada fue “un retroceso en el goce de ese derecho”.
Los ministros señalaron que al abstenerse de brindar a los menores las dosis adecuadas de factor VIII y factor IX para hemofilia y otras alteraciones hereditarias de la coagulación, el instituto muestra actitud contraria a lo establecido por le Comité de Derechos Sociales y Culturales, el cual prevé la realización progresiva del derecho a la salud.
En su momento, la defensa de los menores acusó al IMSS de no cumplir con su obligación de atenderlos de forma integral debido a su inacción ante el gobierno federal para evitar la desaparición de este programa.
En apoyo al proyecto elaborado por el ministro Fernando Franco, la sala determinó que los menores sigan siendo atendidos por el instituto y que éste les proporciones los medicamentos en las dosis necesarias para su condición individual, con base en el goce de la salud física y mental.