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    Vapeadores en México: SCJN permite de nuevo su comercialización

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    Los vapeadores en México han generado una fuerte controversia durante los últimos años. A partir de que se demostró que su daño en la salud era incluso mayor que el causado por los cigarros convencionales se emprendieron esfuerzos para evitar su consumo. Durante un breve lapso se consiguió desde el punto de vista legal pero ahora se presentó un nuevo recurso para permitir de nuevo su comercialización en el país.

    ¿Qué pasó con los vapeadores en México?

    La Secretaría de Salud (SSa) se mostró preocupada y en contra del aval de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El motivo es porque declaró inconstitucional el Decreto por el que se prohíbe la circulación y comercialización en el interior de la República, cualquiera que sea su procedencia, de los sistemas electrónicos de administración de nicotina, sistemas similares sin nicotina, sistemas alternativos de consumo de nicotina, cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares, así como las soluciones y mezclas utilizadas en dichos sistemas.

    Este miércoles 6 de diciembre, la Segunda Sala de la SCJN sentó un precedente contra la salud de la población en general al resolver el amparo en revisión 636/2023 y aprobar por mayoría de tres votos a favor y dos en contra, el proyecto de sentencia que proponía otorgar el amparo y protección de la Justicia de la Unión a una persona moral en contra del citado decreto.

    Alegó que violentaba su derecho a la libertad de comercio, dándole un valor superior sobre el derecho a la salud y, omitiendo así, las obligaciones constitucionales, así como los compromisos internacionales de derechos humanos suscritos por el Estado mexicano.

    “El Gobierno de México ha implementado diversas acciones de política pública para reducir los efectos de la comercialización de productos que afectan la salud. Las medidas adoptadas privilegian el derecho a la protección de la salud de la población en general y en particular de las infancias y adolescencias por encima de cualquier interés comercial, de forma tal, que ha privilegiado el interés público sobre el privado”.

    Cronología de las acciones emprendidas en México contra los vapeadores

    El 22 de octubre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que prohíbe la importación de dichos productos denominados —desde una falaz óptica mercantil— novedosos y emergentes, frente al riesgo a la salud que puede provocar a la población.

    Asimismo, el 31 de mayo de 2022 se publicó en el DOF el decreto por el que se prohíbe su circulación y comercialización en el territorio de la República mexicana.

    Dichas medidas protegen la salud de las personas consumidoras, así como de quienes se encuentren cerca. Recientemente, en los resultados de la Encuesta Global de Tabaquismo en Adultos 2023, se dio a conocer que 90.5 por ciento de la población respalda las leyes que prohíben fumar en lugares públicos y de trabajo.

    La Segunda Sala de la SCJN no tomó en consideración que la máxima autoridad sanitaria a nivel internacional, la Organización Mundial de la Salud (OMS), ha respaldado la prohibición de su importación, venta y distribución como máxima medida regulatoria.

    México es reconocido a nivel mundial por sus acciones en contra de los vapeadores

    El organismo internacional otorgó a nuestro país el Premio Anual de la OMS por el Día Mundial sin Tabaco, resultado de haber implementado una política pública efectiva y que se constituye como acción afirmativa, destinada a prevenir en la población el uso de los productos citados en el decreto. Además de ser dañinos por sí mismos, alientan que niñas, niños y adolescentes que consumen cigarrillos electrónicos tengan al menos el doble de probabilidades de fumar cigarrillos normales más adelante en su vida.

    De esta forma, la OMS, además de congratularse por las medidas regulatorias, señaló a México como un referente muy importante para otros países de la región de las Américas, en cuanto a la instrumentación de una política pública efectiva para desalentar el consumo de tabaco, sistemas similares sin nicotina, sistemas alternativos de consumo de nicotina, cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares.

    Empresas utilizan publicidad engañosa para atraer a los jóvenes

    Empresas productoras y comercializadoras promueven estos dispositivos a través de publicidad engañosa, la cual debe ser considerada factor clave de la prohibición, puesto que la industria del vapeo y sus asociados difunden la falsa creencia de que estos nuevos productos son de “bajo riesgo o riesgo reducido”, generando percepción errónea entre la población, especialmente entre los más jóvenes.

    La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) analizó en el Laboratorio Nacional de Referencia el contenido de los insumos producidos por la industria del vapeo y encontró dimetil éter, una sustancia altamente inflamable; linalol, usado como insecticida contra moscas y cucarachas, entre otras sustancias altamente perjudiciales para la salud de las personas.

     

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