- Tan solo durante el 2018 la maternidad subrogada generó ganancias a nivel mundial por 6 mil millones de dólares.
- Hasta el momento no existe una regulación en México aunque muy pronto podría quedar prohibida.
- Para acabar con esta práctica se propuso modificar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley General de Salud y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Existen temas dentro del ámbito médico que dividen opiniones y uno de los principales es la maternidad subrogada. A la fecha existen tanto personas a favor como otras que están en contra de esta práctica. Lo cierto es que no hay una regulación legal real pero ahora eso podría cambiar. Incluso ya se dieron a conocer las posibles penas que se planean imponer.
Renta de vientres, ¿una práctica que atenta contra la ética?
Lo primero es entender en qué consiste este concepto. La maternidad subrogada se considera cuando una mujer “presta” su vientre para la gestación de un bebé de otra pareja. Una vez nacido, el pequeño es entregado a la persona o personas que lo encargaron. Existen al menos 11 modalidades pero todas tienen en común la privación de la condición de madre a quien ha parido.
Para entender mejor el panorama mundial actual, tan solo durante el 2018 se reportó que la industria de la maternidad subrogada obtuvo ganancias por seis mil millones de dólares. Además se proyectaba que para el 2025 podría aumentar a 27 mil 500 millones de dólares.
Ahora bien, para evitar que en México “se mercantilice la maternidad”, el senador José Narro Céspedes enlistó en la Gaceta Parlamentaria una iniciativa para prohibir cualquier procedimiento relativo a la subrogación de vientres. No importa si es a cambio de alguna remuneración económica o sin ella.
Sanción propuesta contra la maternidad subrogada en México
El legislador propuso que quien participe en algún procedimiento, que tenga por objeto la subrogación, sea sancionado con una pena de seis a 17 años de prisión. Mientras que las multas van desde ocho mil a 17 mil días de salario mínimo.
Narro Céspedes consideró que esta práctica violenta los derechos de las mujeres, pues en muchos de los casos la legislación que regula estos procedimientos establece que la madre gestante no tendrá ningún derecho u obligación parental y tampoco puede aparecer en los certificados de nacimiento.
“No estoy de acuerdo en que a través de una reforma legal a nuestro sistema jurídico normativo, o mediante una ley específica en la materia, se mercantilice a diestra y siniestra la procreación de bebés”.
Con ello, dijo que se da pauta a que se incremente una práctica mal sana en la obtención de bebés por catálogo. Agregó que lo más preocupante es que lo abanderan como un derecho a poder decidir, a tomar una decisión en ejercicio de la libertad de cada persona, y hasta ser progresista.
En la iniciativa, publicada en la Gaceta del jueves 13 de abril, el senador Narro considera necesario reformar diversos ordenamientos jurídicos con la finalidad de salvaguardar los derechos humanos fundamentales de las personas gestadas, y de las mujeres gestantes, estableciendo algunas garantías jurídicas específicas.
Para tal efecto, el legislador propuso reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, a la Ley General de Salud, y a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
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