Muchos profesionales de la salud, hoy en día, tienen la meta de abrir su propio consultorio. Esto no solo genera un ingreso extra sino que también da renombre, experiencia y la oportunidad de crecer en el ámbito profesional. El área de la salud siempre necesitará de nuevos profesionales que dispongan de sus servicio a la comunidad y compitan con grandes empresas como las “franquicias de farmacia”.
Tener tu propio consultorio no es nada sencillo y requiere de compromiso y tomar buenas decisiones, además de ciertas cuestiones legales que debes conocer sí o sí.
La principal barrera para abrir un consultorio es la económica
Una de las barreras más comunes al inaugurar un consultorio es la económica. La apertura de una clínica requiere una importante inversión financiera. Se necesita comprar equipo especializado para montar el espacio con las necesidades que requieren los pacientes y que tú necesitas para realizar tus labores.
Además, debes pensar en el salario de todos tus colaboradores y en la renta del local. Al mismo tiempo que analizas todo lo referente con el dinero, también será necesario que te asesores en materia legal. Este es un rubro que muchos médicos descuidan o dejan para el último lugar, cuando en realidad debería ser lo primero que contemplen.
Al respecto, para poder abrir un consultorio médico será necesario cumplir con ciertos requisitos que establecen las autoridades correspondientes. En este caso, se trata de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris). En esta institución, desde las características del lugar hasta el llenado de expedientes clínicos están bien definidos.
10 normas mexicanas que debes conocer
Son varias las leyes y normas que debes leer para que tu espacio de trabajo cumpla con los requisitos que exigen las autoridades. En primer lugar está la Ley General de Salud que establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud. Lo ideal es que cualquier mexicano lea el documento al menos una vez.
Existen muchas normas mexicanas que debes tener por su importancia. Las diez más importantes son las siguientes:
- NOM-004-SSA3-2012. Para manejo y conformación del expediente clínico.
- NOM-005-SSA3-2018. Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios.
- NOM-027-SSA3-2013. Establece los criterios de funcionamiento y atención en los servicios de urgencias de los establecimientos para la atención médica.
- NOM-017-SSA2-2012. Regula la vigilancia epidemiológica.
- NOM-007-SSA2-1993. Atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del recién nacido. Criterios y procedimientos para la prestación del servicio.
- NOM-087-ECOL-SSA1-2002. Sobre salud ambiental, clasificación y manejo de residuos peligrosos biológico-infecciosos.
- NOM-168-SSA1-1998. Destaca su importancia por estar dirigida a sistematizar, homogeneizar y actualizar el manejo del expediente clínico.
- NOM-197-SSA1-2000. Que establece los requisitos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.
- NOM-024-SSA3-2012. Sobre sistemas de información de registro electrónico para la salud.
- NOM-233-SSA1-2003. Establece los requisitos arquitectónicos para facilitar el acceso, tránsito, uso y permanencia de personas con discapacidad en establecimientos de atención médica ambulatoria y hospitalaria del Sistema Nacional de Salud.