La actualización es una parte fundamental y obligatoria dentro de la Medicina. No solo se trata de las recertificaciones que deben cumplir todos los doctores sino también el conocimiento de las leyes que deben acatar en su vida profesional. De forma periódica se promulgan nuevas que tienen una relación directa con los profesionales de la salud. Apenas hace un año fueron publicados los requisitos para prescribir cannabis con fines medicinales, ¿sabes cuáles son?
A propósito de que cada 20 de abril se conmemora el Día Mundial de la Cannabis, debes estar al tanto en todo lo relacionado contigo. Se trata de información de gran valor para evitar cometer acciones que pueden ser penadas por la ley.
En ese tenor, desde el 2021 entró en vigor el Reglamento para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis en México. De esta forma, uno de sus objetivos es garantizar el acceso de los pacientes a esta opción de curación y además establecer los requisitos que debe cumplir el personal médico para prescribir cannabis a sus pacientes.
En primera instancia, al igual que ocurre con los medicamentos, los doctores deben prescribir con un estricto control. La cannabis es una opción ideal para ciertas enfermedades y no para todas. Por eso primero debe existir una valoración del paciente para identificar el origen del malestar. En caso de que lo consideres prudente entonces sí puedes recurrir a esta nueva opción medicinal.
Aspectos obligatorios que debes cumplir
Con base en el nuevo reglamento, para contar con la facultad legal los médicos interesados deben contar con los nuevos recetarios especiales de prescripción de Medicamentos de Cannabis. Para conseguir uno se debe presentar una solicitud ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) acompañada de la siguiente documentación:
- Copia certificada de la cédula profesional que te acredite como profesional de la salud en alguna de las ramas a las que se refiere el Artículo 240 de la Ley.
- Copia de identificación oficial.
- Escrito en el que se especifique la designación de los profesionales responsables de la prescripción; en original y dos copias, en papel membretado, y firmado por el director de la institución cuando se trate de instituciones hospitalarias.
Una vez realizado el trámite la Cofepris o las autoridades sanitarias estatales registrarán al profesional solicitante y le asignarán una cantidad determinada de claves en un código de barras en un plazo de cinco días hábiles cuando se trate de la primera solicitud, y de un día en las subsecuentes.
Al ser acreditados los médicos podrán prescribir medicamentos de cannabis en recetarios especiales, en original y copia, los cuales contienen los siguientes datos:
- El número de folio y la clave expresada en código de barras.
- El nombre, registro federal de contribuyentes, domicilio fiscal, número de cédula profesional, de especialidad y firma autógrafa del profesional autorizado.
- El número de días de prescripción del tratamiento, presentación y dosificación del Medicamento de Cannabis.
- La fecha de prescripción.
- El nombre, domicilio, diagnóstico y la clave única de registro de población del paciente.
Multas para los médicos que no cumplan los requisitos
Es indispensable que sigas todas las indicaciones y solo prescribas esta opción hasta que cumplas con todos los requisitos. De lo contrario el reglamento señala una multa de hasta 500 días de salarios mínimos, es decir poco más de 70 mil pesos. Aunque si se detecta que la falta es de gravedad puede llegar hasta los 25 años de cárcel para el médico responsable.