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    Aprueban en CDMX interrupción del embarazo hasta la semana 20 ¿Estás de acuerdo?

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    El Congreso local, acaba de aprobar la interrupción del embarazo hasta la semana 20, siempre y cuando, éste haya sido consecuencia de una violación sexual, como lo marca el artículo 6, fracción XXV.

    ¿Cuántos votos?

    La decisión obtuvo 45 votos a favor por 12 en contra y cero abstenciones. Pero En caso de que la solicitante sea una menor de 12 años, la solicitud de aborto sólo se podrá realizar a través de su padre, madre o tutor

    Esta acción queda bajo los términos de la NOM-046-SSA2-2005, que señala los médicos de la institución de salud deberán atender a la usuaria. Además no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante, respecto a que fue víctima de una violación.

    Sólo por producto de violación

    Por lo tanto, las mujeres de hasta cinco meses de embarazo podrán acudir a un Centro de Salud a practicarse la interrupción voluntaria de embarazo. Sólo éste fue producto de una violación y sin importar si la víctima hizo o no la denuncia ante las autoridades.

    Así quedaron los nuevos lineamientos generales de organización y operación de los servicios de Salud para el aborto en la Ciudad de México

    Capítulo III De la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE):

    Séptimo. “La Interrupción Voluntaria del Embarazo es aquella que podrán realizar los integrantes del Sistema de Salud de la Ciudad de México, hasta la vigésima semana completa de gestación, como consecuencia de una violación sexual, sin que la usuaria lo haya denunciado ante las autoridades competentes, en términos de lo previsto en la NOM-046-SSA2-2005. Se entenderá por vigésima semana completa de gestación, a las veinte semanas, seis días.”

    Capítulo X en su artículo 81:

    Artículo 81. “Las instituciones públicas de salud del Gobierno procederán a la interrupción del embarazo, en forma gratuita y en condiciones de calidad, en los supuestos permitidos en el Código Penal vigente en la Ciudad y en la NOM-046- SSA2-2005, cuando la mujer interesada así lo solicite. Para ello, las instituciones de salud proporcionarán servicios de consejería médica y social con información veraz y oportuna de las opciones con que cuentan las mujeres y su derecho a decidir”.

    Modificaciones a la ley sobre la interrupción legal del embarazo

    “Cuando la mujer decida practicarse la interrupción del embarazo. La institución habrá de efectuar en un término no mayor a cinco días. Contados a partir de que sea presentada la solicitud y satisfechos los requisitos establecidos en las disposiciones aplicables.

    “Las instituciones de salud del Gobierno atenderán las solicitudes de interrupción del embarazo a todas las mujeres solicitantes aun cuando cuenten con algún otro servicio de salud público o privado.

    “El servicio tendrá carácter universal, gratuito y sin condicionamiento alguno”.

    La OMS y el aborto inseguro como causa de muerte

    Según datos de la OMS, el 20-30% de los abortos inseguros causan infecciones del aparato reproductor y del 20 al 40% de ellos, dan como resultado infección del tracto genital superior.

    Una de cada cuatro mujeres que se someten al aborto en condiciones de riesgo esta propensa a desarrollar discapacidad temporal o permanente que requiere atención médica.

    México y el aborto clandestino

    Por cada mujer que requiere de atención post-aborto en un hospital, hay
    varias que han tenido un aborto inseguro. Pero que no buscan atención médica,
    porque consideran que la complicación no es grave, o porque no tienen los medios
    financieros necesarios, o porque temen s abusos, malos tratos o represalia legales.

    En México, los abortos clandestinos, son entre 750 mil y un millón al año, práctica que afecta principalmente a mujeres de bajos recursos

    ¿Estás de acuerdo con la nueva ley?

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