México se encuentra en un momento determinante de la pandemia. La Secretaría de Salud (SSa) señala que durante las últimas semanas ha existido una disminución en el número de contagios. Aunque eso puede indicar que lo peor ya ocurrió, también existe el riesgo a sufrir una recaída como ahora sucede en algunos países europeos. En tanto que los días de asueto también podrían ser contraproducentes y causar un incremento con respecto a los infectados de Covid-19.
En ese sentido, inclusive el subsecretario de Salud (SSa) ha señalado que una probable tercera ola de casos podría ocurrir en México. Precisamente la anterior recaída ocurrió cuando las familias rompieron las indicaciones de higiene y precaución en las celebraciones de fin de año. Eso derivó en un peligroso repunte que provocó una ocupación hospitalaria de más del 90 por ciento en el Valle de México.
¿Cuál es su objetivo?
Ante esta situación fue que la SSa ordenó una medida extraordinaria. Consiste en otorgar autorizaciones temporales a los establecimientos médicos para que puedan fabricar, dispensar y comercializar productos diseñados a la atención de la Covid-19.
Dentro de esta lista se encuentran los tanques de oxígeno, medicamentos, ventiladores invasivos, pruebas de diagnóstico, concentradores de oxígeno, gel antibacterial, cubrebocas, termómetros y oxímetros, entre otros.
¿Dónde se puede consultar el nuevo lineamiento?
Como parte de este acuerdo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo titulado Lineamientos para la emisión de autorizaciones temporales de insumos para la salud, para establecimientos de atención médica y la certificación temporal de buenas prácticas de fabricación de insumos para la salud que contribuyan a la erradicación y mitigación del virus SARS-CoV2 (Covid-19).
El documento establece los nuevos requisitos que se solicitan para todas las empresas y consultorios interesados. Existen diversos apartados para fabricantes de fármacos, de dispositivos médicos, de gases medicinales y de farmacias hospitalarias.
Por su parte, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) es la encargada de analizar y resolver las solicitudes de los establecimientos médicos que quieran obtener su autorización temporal. Aunque una de las modificaciones es que se establece un plazo no mayor a 10 días para otorgar o negar los permisos correspondientes.
A partir de lo anterior se busca acelerar el procedimiento por las condiciones actuales que enfrenta el país. Uno de los objetivos mencionados es definir acciones concretas que permitan coadyuvar en la búsqueda de soluciones prácticas para prevenir, atender y controlar los problemas prioritarios de salud. En específico, para la enfermedad generada por el virus SARS-CoV2.