Prueba PCR negativa necesaria para quienes deseen ingresar al Ecuador

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El gobierno de la República de Ecuador, encabezado por el presidente Lenin Moreno, logró diversos acuerdos por unanimidad: La prueba PCR negativa es un requisito necesario para quienes deseen ingresar al Ecuador.

Dicho lineamiento fue emanado a través del Comité de Operaciones de Emergencia (COE), inherente al Servicio Nacional de Gestión de Riesgos y Emergencias. Esto, con el objeto de minimizar el contagio masivo por la infección de Covid-19 en todas las localidades del Ecuador y controlar la actual crisis sanitaria que ha golpeado fuertemente al país.

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Estos son los requisitos de pruebas RT-PCR en negativo para el ingreso al Ecuador:

  • Todo viajero que desee ingresar al Ecuador por cualquiera de sus  puntos de entrada.  Bien sea de forma aérea, marítima o terrestre, deberá consignar al representante del Ministerio de Salud, los resultados de la prueba RT-PCR en negativo y no presentar síntomas visibles.
  • La emisión de los resultados de dicha prueba no podrá ser mayor a diez (10) días. De este modo, antes de viajar al Ecuador, el pasajero deberá planificar la realización de dicho examen en un laboratorio que genere resultados de pruebas a corto plazo.
  • Dentro de este periodo continuo de tiempo, se interpreta que los resultados de la  RT-PCR  en negativo  son válidos y vigentes. Por tanto es posible el arribo al país de aquellos ciudadanos que salieron y desean retornar al Ecuador.
  • Estos ciudadanos, al presentar los resultados en negativo de la prueba RT-PCR  no deberán cumplir con el APO (Periodo de Aislamiento Preventivo).
  • No existen mayores restricciones de movilidad para los viajeros que ingresen con prueba RT-PCR negativa al Ecuador.
  • Las personas que no presenten la prueba PCR negativa, deben de cumplir con el APO en el lugar indicado por el MSP al entrar al país.
  • Así como también deberán efectuarse la prueba RT-PCR y cancelar su costo en las casas de laboratorios clínicos autorizados por el ACCESS, tantas veces como sea necesario, hasta la entrega del resultado negativo.
  • En caso de presentar síntomas, se aplicará el protocolo inherente a “paciente sospechoso” portador de la Covid-19. 

Fuente: TAGSA.AERO

Consideraciones adicionales para viajeros con retorno al Ecuador

Adicionalmente, existen otras consideraciones para viajeros que retornen al Ecuador y presenten la RT-PCR en negativo. Como es el hecho de poder movilizarse, sin inconvenientes a su lugar de residencia, si esta se encuentra fuera de la ciudad de Guayaquil.

Al mismo tiempo, el ciudadano para ingresar al Ecuador debe llenar los formatos donde realiza declaración del estado de salud y el migratorio especial.

Las personas que sean menores de edad, de la tercera edad, embarazadas o con discapacidad, están incluidas en los grupos de atención prioritaria. Por tal razón, no están obligados a consignar la prueba RT-PCR,  pero si deben efectuar el APO en su lugar de residencia.

Los laboratorios autorizados para que los pasajeros se practiquen las pruebas RT-PCR, en caso de ser necesario, son ubicados en el sitio web de la Agencia de Aseguramiento de Calidad de Salud de los Ecuatorianos.  

 

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