El médico residente es un trabajador-alumno. El médico interno de pregrado es sólo un alumno y es responsabilidad de su institución de educación superior. Pero, ¿qué es el pasante de servicio social? La ley no lo reconoce como trabajador, pero tiene responsabilidades mayores a las de un alumno.
En 1936 inicia, en nuestro país, el servicio social en medicina con el objetivo de cerrar una brecha que parece no tener fin. Hace casi cien años comenzamos a enviar médicos en formación a los lugares más necesitados y marginados de la nación, pero hasta el día de hoy persiste la desigualdad; los ricos se atiendan con médicos especialistas y los más pobres con pasantes de servicio social.
El servicio social tendría que haber sido una medida provisional mientras se mejoraba la infraestructura e inversión en salud en todo el país, pero, tanto el gobierno federal como los gobiernos estatales, prefirieron abusar del estatus jurídico de los pasantes para no tener que invertir en servicios de salud para la población marginada.
Las estadísticas son muy claras, mientras que en la CDMX sólo el 4.3% del personal médico en contacto directo con el paciente son pasantes, en Oaxaca la cifra es de 31.6%. En Nuevo León el porcentaje es de 8%, en Michoacán de 25% (la media nacional es de 13.3%). Estos datos, a casi cien años del inicio del servicio social, son testimonio de lo mal que se ha operado la salud en México. Nunca existió la voluntad para desaparecer el servicio social, parece que era demasiado cómodo y barato mandar pasantes en lugar de médicos generales o especialistas.
¿Cuál es el estatus jurídico del médico pasante de servicio social en México?
El artículo 30 de la Ley Reglamentaria del artículo 5° Constitucional en su artículo 30 establece que la Dirección General de Profesiones podrá extender autorización a los pasantes de las diversas profesiones para ejercer la práctica respectiva por un término no mayor de tres años. En la misma ley, en el artículo 53, se menciona que el servicio social es un trabajo de carácter temporal y mediante retribución. Dicha retribución, según el artículo 59, cuando absorba la totalidad de las actividades del estudiante, debe de ser suficiente para satisfacer decorosamente sus necesidades. La mayoría de nuestros pasantes médicos están en el supuesto del artículo 59, pero esto no se cumple, su retribución es miserable.
Por lo tanto, el pasante de servicio social es un estudiante con una autorización temporal para el ejercicio de la profesión y para desempeñar un trabajo, pero sin ser un trabajador. Esta figura puede resultar adecuada para muchas carreras, pero en el caso de la medicina se presta para muchos abusos.
Un estudio realizado por maestros de la Facultad de Medicina de la UNAM (Ramírez de la Roche, 2012) que analizó las condiciones de trabajo de los médicos pasantes, concluye que ellos asumen todas las obligaciones y responsabilidades de un médico general, pero en condiciones laborales precarias. El monto de la beca era en promedio de $1,230.00 pesos mensuales, cantidad que no les permitía sufragar los gastos para vivir de manera digna (a pesar de lo que dice la ley). Esto implicó que 7 de cada 10 diez pasantes recibiera ayuda económica de alguien más para mantenerse. El estudio confirma lo que muchos sabemos, los pasantes son explotados sin misericordia.
Además de las condiciones económicas y de seguridad precarias del pasante, también tenemos que analizar la NOM-009-SSA3-2013, referente al servicio social, la cual, es evidente que están en su contra. En la NOM, por ejemplo, se establecen las siguientes prestaciones del pasante (entre otras):
1. Informar cuando observen problemas en la infraestructura o deficiencia de abasto de insumos.
2. Denunciar incidentes que pongan en riesgo su integridad física.
Tanto los insumos como la seguridad deberían de ser garantizadas por las instituciones de salud y el Estado. Es increíble que de las pocas prerrogativas que tienen los pasantes sea denunciar, esa es una prerrogativa de cualquier persona, no hace falta que lo diga la NOM. Me parece que la finalidad de redactar así la norma es clara: Si se presenta el caso de falta insumos o de existir riesgos de seguridad, la autoridad pueda voltear las cosas y decir que es responsabilidad del pasante por no denunciar o informar. Es increíble que el sistema quiera poner la carga en los pasantes, a ellos se les debería garantizar insumos y seguridad, eso debería de decir la norma, sin necesidad de denunciar o informar, el gobierno tiene la capacidad operativa para saber en dónde faltan insumos y en que condición se encuentran, también para establecer medidas de seguridad adecuadas. ¿Los pasantes tienen que denunciar e informar? ¿Acaso no saben lo que le pasa a un pasante cuando denuncia o informa? En el mejor de los casos no les hacen caso, en el peor los corren. Es evidente que la NOM está escrita para favorecer a las instituciones de salud y de educación y no proteger a los pasantes.
Como conclusión, el pasante de servicio social es un estudiante con autorización para ejercer la profesión de manera temporal. Debería de estar bajo la supervisión de un médico y contar con un programa académico, pero sabemos que esto es excepcional. El pasante, por desgracia, es mano de obra barata y sin derechos. Si existe un lugar en donde es urgente reformar el estatus jurídico del médico es en el caso del pasante de servicio social.
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