En una decisión que ha generado opiniones divididas, el Congreso de Nuevo León aprobó una reforma a la Ley Estatal de Salud. El cambio, que para algunos representa un retroceso, permite que ahora los prestadores de servicio de salud en la entidad pueda negarse a prestar atención a pacientes de la comunidad LGBT.
Todo surgió con la modificación del Artículo 48, fracción IV, el cual declara la objeción de conciencia como legal dentro del estado. De esta manera, la Ley queda estipulada de la siguiente forma:
El personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Estatal de Salud podrán ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta ley.
La objeción de conciencia aplica solamente para casos que no sean emergencias, ni si el paciente está en peligro de muerte, de acuerdo con la reforma.
Con esto, si el médico a cargo expone que una atención va en contra de sus valores éticos o creencias religiosas, puede negar el servicio. Como consecuencia, se podrá evitar atender pacientes de grupos vulnerables como los pertenecientes a la comunidad LGBT, indígenas, migrantes o personas con VIH.
Médico, ¿a favor o en contra del aborto?
Sumado a lo anterior, la controversia con respecto al aborto continúa. Con la aprobación de la objeción de conciencia ahora los médicos de la entidad también pueden negarse a practicarlo. En este caso, se trata de un tema polémico porque existen tanto galenos que lo apoyan como otros que están en contra.
Lo cierto es que siempre resultará complicado abordar este tema tan delicado y que polariza a la población. Aunque también se debe hacer énfasis en que muy pocas veces se toma en cuenta la opinión de la comunidad médica con respecto a su postura.
¿Y tú crees que un médico deba negarle la atención a un paciente por su orientación sexual?