Hace poco más de 8 años se aprobó en la Ciudad de México (y posteriormente en el Estado de México) una ley diseñada para ayudar y (finalmente) proteger las decisiones que toman los pacientes al final de su vida y que sufren una condición que la ley determina como “terminal“.
La Ley de Voluntad Anticipada puede compararse a un testamento, pues en ambos documentos una persona indica cómo desea que se disponga de un bien. En el caso de la mencionada ley, el “bien” es la salud y la decisión médica sobre ella.
La ley se basa en una premisa principal, ser diagnosticado con una Enfermedad Terminal y tener menos de 6 meses de expectativa de vida.
Pueden gestionar su voluntad anticipada:
- 1) las personas mayores de 18 años de edad que estén en plena capacidad para tomar decisiones;
- 2) los familiares o tutores de pacientes que sean o menores de edad o pacientes que ya no se encuentren en condiciones de manifestar sus deseos.
Todos ellos puedan dar a conocer sus preferencias de una manera legal, llenando un documento que permite al enfermo manifestar cuáles modalidades terapéuticas acepta y cuales rechaza. Esta solicitud puede hacerse a través de un notario o bien llenando el formato que fue creado solo para este propósito y que se encuentra disponible en hospitales o al calce junto con la transcripción de la Ley en su totalidad.
El tomar acción e informar a pacientes de esta opción los ayuda emocionalmente y también a sus familiares que no tendrán que tomar decisiones que nadie se siente calificado o deseoso de tomar en vista de una situación terriblemente difícil.
¿Qué hacer en caso de un paro cardiorrespiratorio?, ¿qué medidas terapéuticas acepta y cuales rechaza?, ¿en dónde quiere morir el paciente?, ¿quiere o no ser un donador de órganos? Estos son algunos de los temas que cubre el formato.
Considerando el debate sobre la vida y la muerte, el derecho de morir dignamente y la verdad innegable de que nadie tiene una fecha de caducidad tatuada en su cuerpo que predice “cuanto tiempo” le queda en este planeta, la Ley es noble en proteger al paciente de tal vez nuestras propias preferencias, creencias y entrenamiento que no nos deja en ocasiones dejar ir a un paciente. La ley no es de ninguna forma una receta para promover la Eutanasia.
http://www.salud.df.gob.mx/ssdf/transparencia_portal/art14frac20/formatos_va.pdf
http://www.aldf.gob.mx/archivo-077346ece61525438e126242a37d313e.pdf