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OMS ya no considera la transexualidad como trastorno… ahora la llama “incongruencia de género”

La OMS indicó que no sacará la transexualidad de su Clasificación Internacional de Enfermedades... pero la cambiará de denominación.

A través de un comunicado, la Organización Mundial de la Salud (OMS) indicó que no sacará la transexualidad de su Clasificación Internacional de Enfermedades en su próxima actualización, la cual será publicada en 2018, sin embargo, sí cambiará su denominación.

A partir del próximo año, la transexualidad será colocada dentro de la clasificación dedicada a “trastornos de la personalidad y el comportamiento”, en el subcapítulo de “trastornos de la identidad de género”, por lo que formará parte de la lista de “condiciones relativas a la salud sexual”, y será llamada “incongruencia de género”.

La OMS informó que la próxima actualización llamada CIE-11, sustituirá a la CIE-10, vigente desde 1990, año en el que la homosexualidad salió de la lista. A pesar de las versiones que se han realizado de esta clasificación, los expertos siempre han considerado a la transexualidad como un trastorno, algo que la comunidad trans no ha visto con buenos ojos, pues en repetidas ocasiones han solicitado sacarla de dicha clasificación.

Se estudió la posibilidad de eliminarla de la lista, pero muchos países sólo cubren con las políticas públicas lo que está mencionado en la clasificación. De esta manera hemos decidido colocarla en un lugar menos estigmatizante”, mencionaron fuentes de la OMS.

Mientras tanto, para los colectivos LGTBI esta decisión ha sido un logro, pero no del todo satisfactorio, debido a que la OMS clasificó la transexualidad como “incongruencia de género”.

Mar Cambrollé, presidenta de la Plataforma por los Derechos Trans, comentó que es un avance que la OMS haya sacado la transexualidad de la lista de enfermedades mentales, pero reprochó que se continúe clasificando a las personas trans en una inferioridad validada desde la comparativa de lo que es congruente y lo que no.

La OMS declaró que esta clasificación es definitiva, y aunque se publicará hasta 2018, tardará en implementarse entre uno y dos años desde entonces.

De igual forma, a partir de ese año la definición para la incongruencia de género será: “Una incongruencia marcada y persistente entre el género experimentado del individuo y el sexo asignado, que a menudo conduce a un deseo de transición para vivir y ser aceptado como una persona del género experimentando a través del tratamiento hormonal, la cirugía u otras prestaciones sanitarias para alinear el cuerpo, tanto como se desee y en la medida de lo posible, con el género experimentado. El diagnóstico no puede asignarse antes del inicio de la pubertad. El comportamiento y las preferencias de género por sí solas no son una base para asignar el diagnóstico”.

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