Abrir un consultorio médico es un largo proceso que requiere apego estricto a la normatividad sanitaria vigente a fin de evitar sanciones por incumplimiento. Por ello, el médico emprendedor encontrará a continuación una serie de normas oficiales que le serán útiles en el desarrollo de este titánico proyecto:
Ley General de Salud. Es de aplicación nacional en México y se encarga de establecer las bases y modalidades para acceso a los servicios de salud.
Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica. Reúne los preceptos para la ejecución de la Ley General de Salud.
NOM-004-SSA3-2012. Para manejo y conformación del expediente clínico.
NOM-005-SSA3-2016. Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios.
NOM-016-SSA3-2012. Establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios médicos.
NOM-017-SSA2-2012. Regula la vigilancia epidemiológica.
NOM-087-ECOL-SSA1-2002. Sobre salud ambiental, clasificación y manejo de residuos peligrosos biológico-infecciosos.
NOM-168-SSA1-1998. Destaca su importancia por estar dirigida a sistematizar, homogeneizar y actualizar el manejo del expediente clínico.
NOM-197-SSA1-2000. Que establece los requisitos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.
NOM-024-SSA3-2012. Sobre sistemas de información de registro electrónico para la salud.
NOM-233-SSA1-2003. Establece los requisitos arquitectónicos para facilitar el acceso, tránsito, uso y permanencia de personas con discapacidad en establecimientos de atención médica ambulatoria y hospitalaria del Sistema Nacional de Salud.