Hace apenas un par de días el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) anunció la próxima construcción de dos hospitales públicos en Ciudad de México (CDMX) luego de tres décadas sin ampliar su red hospitalaria, sin embargo, reconoció que la primera unidad que se ubicará en la delegación Tláhuac (la segunda estaría en la colonia Roma, delegación Álvaro Obregón) responderá a un esquema de asociación público-privada (APP) pero, ¿esto qué significa?
Este tipo de mecanismos se han implementado para complementar las capacidades del gobierno a fin de que garantice la existencia de servicios, como el de salud.
Bajo este esquema, el sector publico ha dejado en manos de la iniciativa privada la decisión de dónde construir hospitales o cuáles renovar. Es así que de los siete proyectos aprobados el año pasado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) apenas uno de ellos fue propuesto por una entidad pública: la sustitución del Hospital General “Dr. Gonzalo Castañeda” en CDMX por petición del ISSSTE.
Al respecto, la Ley Federal de APP permite a las empresas hacer “propuestas no solicitadas” para que entidades como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el ISSSTE o Secretaría de Salud (SSa) decidan si las aceptan o las rechazan, sin embargo, aunque esta figura señala que la empresa que proponga la obra puede participar en la licitación para construirla, recibirá un pago por parte del gobierno para cubrir los gastos de preparación del proyecto en caso de que no gane.
Lo que se busca con esta medida es que el sector privado encuentre áreas de oportunidad cuando el ente gubernamental carezca de presupuesto para hacerlo, no obstante, las empresas que compitan en la licitación pueden sentirse en desventaja frente a quien hizo la propuesta no solicitada, ya que la Ley contempla darle 10 puntos de ventaja, motivo por el cual expertos en el tema piden que el gobierno ingrese sus propuestas de hospitales para que decidan dónde invertir.
La primera propuesta no solicitada provino de la Constructora y Edificadora GIA+A, que en 2014 creó un proyecto para un hospital en la ciudad de Mérida, Yucatán, el cual le fue adjudicado recientemente (a finales de agosto) en una segunda licitación, ya que la primera se declaró desierta porque las ofertas rebasaban los recursos del ISSSTE.
Tipos de asociación público-privada (APP)
Para afinar el concepto de esquema de asociación público-privada (APP) cabe destacar que ésta tiene tres variantes:
1. Asesoría técnica
Es de corta duración, flexible y escalable. Consiste en aprovechar la experiencia del particular para lograr objetivos específicos e implica la retribución de acuerdo con las acciones realizadas, de modo que puede haber prima por desempeño.
2. Contrato de servicio
Tiene duración mínima de 5 años, con inversión a cargo de la autoridad, así, el ente privado se hace cargo de la operación del sistema y es responsable de aportar recursos técnicos y humanos para cumplir con las actividades establecidas en el contrato.
3. Concesión
Con duración superior a los 15 años, el particular presta el servicio a nombre de la autoridad y hace cobros directos a los usuarios para seguir operando, de modo que debe pagar por el derecho de concesión.
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