Durante las primeras horas del pasado 11 de abril, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), emitió una recomendación dirigida al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Mikel Andoni Arriola Peñalosa, por el caso de una mujer indígena embarazada en el estado de Michoacán, quien aparentemente sufrió la violación de sus derechos.
Violación al derecho humano a la salud
La recomendación 11-2017, que puede ser rastreada a través del sistema de búsqueda y consulta del organismo autónomo, disponible en el siguiente enlace, determinó en su numeral 60, que:
[…] la omisión de aproximadamente 50 horas de la fase latente prolongada del trabajo de parto, las inadecuadas valoraciones al binomio materno-infantil y la no confirmación de la edad gestacional, peso y bienestar fetal mediante ultrasonido obstétrico y registro cardiotocográfico, derivaron en un manejo inadecuado que contribuyó a la pérdida del bebé, y concluyó que por esas acciones y omisiones del personal médico del Hospital Rural de Paracho se violó el derecho humano a la protección de la salud de la mujer indígena purépecha.
Hechos:
Derivado de la investigación elaborada por la CNDH, los hechos son como sigue:
- El 29 de diciembre del año 2015, una mujer de 35 años de edad acudió a la unidad hospitalaria de San Isidro, Los Reyes, Michoacán, con un embarazo de 39 semanas.
- En dicho centro de salud, un médico le diagnosticó embarazo de término y la envió a un hospital de segundo nivel de atención y manejo, al iniciar con trabajo de parto.
- El 3 de enero de 2016 se presentó en el Hospital Rural IMSS-Prospera, donde se le detectó un punto de dilatación, por lo que recomendó esperar “seis horas”.
- La mujer fue referida al albergue vinculado al nosocomio.
- Luego de ese tiempo, la revisaron y como tenía dos centímetros de dilatación se les sugirió, nuevamente, volver al albergue y esperar otras seis horas.
- Ese procedimiento se repitió durante 72 horas y al ver que no dilataba, los médicos sugirieron regresar a su comunidad.
- La mujer regresó a su casa.
- El 6 de enero regresó a la Unidad Médica Rural (UMR) donde un médico le comentó que se escuchaban lentos los latidos del corazón del bebé y le dio a la pareja pases para el Hospital Regional de Zamora, dependiente de la Secretaría de Salud de Michoacán.
- En dicho espacio, se le notificó que los latidos ya no se escuchaban.
- Se realizaron los estudios pertinentes y se confirmó la muerte del bebé.
Recomendaciones:
El texto que puede ser consultado en este enlace, posee la información precisa sobre cada una de las recomendaciones que la autoridad nacional emitió al IMSS y, más específicamente, a Mikel Arriola, en cumplimiento con el ordenamiento jurídico en la materia.
Sin embargo, a grandes rasgos, resolvió:
- Reparar el daño cometido a los agraviados, conforme a la Ley General de Víctimas de la Federación.
- Diseñar e impartir un curso y un taller de capacitación y formación sobre el derecho a la protección de la salud de las mujeres, en el Hospital Rural de Paracho.
- Acreditar la actualización del personal médico que labora en el nosocomio para hacer valer el conocimiento adquirido a través de estos cursos.